Capítulo VI
DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO
Art. 221.- Ambiente adecuado para el aprendizaje.-
En la institución educativa se debe asegurar un ambiente adecuado para
el aprendizaje de los estudiantes, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley Orgánica de Educación Intercultural, el presente reglamento y su
Código de Convivencia. De esta manera, tanto los estudiantes como los
demás miembros de la comunidad educativa deben evitar cualquier
comportamiento que dificulte el normal desarrollo del proceso educativo.
Art. 222.- Evaluación del comportamiento.-
La evaluación del comportamiento de los estudiantes en las
instituciones educativas cumple un objetivo formativo motivacional y
está a cargo del docente de aula o del docente tutor. Se debe realizar
en forma literal y descriptiva, a partir de indicadores referidos a
valores éticos y de convivencia social, tales como los siguientes:
respeto y consideración hacia todos los miembros de la comunidad
educativa, valoración de la diversidad, cumplimiento con las normas de
convivencia, cuidado del patrimonio institucional, respeto a la
propiedad ajena, puntualidad y asistencia, limpieza, entre otros
aspectos que deben constar en el Código de Convivencia del
establecimiento educativo.
La evaluación del comportamiento de los estudiantes debe ser cualitativa, no afectar la promoción de los estudiantes y regirse a la siguiente escala:
La evaluación del comportamiento de los estudiantes debe ser cualitativa, no afectar la promoción de los estudiantes y regirse a la siguiente escala:
| A=muy satisfactorio | Lidera el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. |
| B=satisfactorio | Cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social. |
| C=poco satisfactorio | Falla ocasionalmente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. |
| D=mejorable | Falla reiteradamente en el cumplimiento de los compromisos establecidos para la sana convivencia social. |
| E=insatisfactorio | No cumple con los compromisos establecidos para la sana convivencia social. |
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